Calle 5 N° 4 - 58
Madrid - Cundinamarca
LUNES A VIERNES (hábiles)
8 am a 12:30 pm y de 2 a 5 pm
Es un empleo del nivel directivo, al cual le corresponden funciones de dirección general, de formulación de políticas institucionales y de adopción de planes, programas y proyectos. Corresponde al Personero Municipal en cumplimiento de sus funciones ejercer el Control Administrativo, la prevención y promoción de los derechos humanos, al igual que ser el defensor de menores de acuerdo a la Ley 1098/06 y las funciones que le confiere la Constitución Política de Colombia.
Nivel: Personería
Denominación del Empleo: PERSONERO
Código: 015
Grado: 01
Nivel: Directivo
No. de cargos: Uno (01)
Naturaleza del Cargo: Periodo fijo
Dependencia: Personería
Es un empleo del nivel directivo, al cual le corresponden funciones de dirección general, de formulación de políticas institucionales y de adopción de planes, programas y proyectos. Corresponde al Personero Municipal en cumplimiento de sus funciones ejercer el Control Administrativo, la prevención y promoción de los derechos humanos, al igual que ser el defensor de menores de acuerdo a la Ley 1098/06 y las funciones que le confiere la Constitución Política de Colombia
Conforme al Artículo 169 de la ley 136/94. Corresponde a la Personero Municipal en cumplimiento de sus funciones de Ministerio Público:
Conforme Artículo 178 de la ley 136/94: El Personero ejercerá en el Municipio, bajo la dirección suprema del Procurador General de la Nación, las funciones de Ministerio Público, además de las que determinen la Constitución, la ley, los acuerdos y las siguientes:
Nota: El poder disciplinario del Personero no se ejercerá respecto del Alcalde, de los Concejales y del Contralor. Tal competencia corresponde a la Procuraduría General de la Nación la cual discrecionalmente, puede delegarla en los personeros. La Procuraduría General de la Nación, a su juicio, podrá delegar en las personerías la competencia a que se refiere este artículo con respecto a los empleados públicos del orden nacional o departamental, del sector central o descentralizado, que desempeñen sus funciones en el respectivo municipio o distrito.
Conforme al Artículo 24. Ley 617 de 2000: Atribuciones del Personero como veedor del Tesoro. En los municipios donde no exista Contraloría municipal, el Personero ejercerá las funciones de veedor del tesoro público. Para tal efecto tendrá las siguientes atribuciones:
Corresponde a los Personeros Municipales ejercer las siguientes funciones de Ministerio Público en el área de familia:
1. Constitución Política de Colombia
2. Políticas en Administración pública
3. Régimen de los Servidores Públicos
4. Código único Disciplinario
5. Estatuto Anticorrupción
6. Control Fiscal y Contratación Administrativa
7. Normas sobre administración de personal
8. Sistema de Control Interno (MECI)
9. Sistema general de participaciones y ajustes fiscal
Conforme a lo preceptuado en el Artículo 173 de la ley 136 de 2004, las calidades para ser elegido Personero son:
Nivel: Asistencial
Denominación del Empleo: Secretaria Ejecutiva
Código: 440
Grado: 01
Nivel: Asistencial
No. de cargos: Uno (1)
Naturaleza del Cargo: Libre nombramiento y remoción
Dependencia: Personería
Administrar información del despacho de la Personería relacionadas con la gestión administrativa, de talento humano y Sistema de PQRSD; aplicando el sistema de gestión documental, que implica el desarrollo de actividades de sistematización, archivo y otras funciones a fines, tendientes a presta permanente ayuda administrativa al Personero.
1. Reclamación de Servicios de Salud: Apoyamos en tutelas para solicitar prestación de servicios de salud.
2. Protección Poblaciones Vulnerables, Niños, Niñas y Adolescentes: Apoyo a mujeres en embarazo, adultos mayores, personas en condición de discapacidad, grupos étnicos (afrocolombianos, indígenas, ROM o gitanos, raizales y palenqueros), LGBTI. Protección de niños en situaciones de maltrato intrafamiliar y abuso.
3. Veedurías: Inscripción, registro, orientación y capacitación para veedurías y acompañamiento en su gestión.
6. Convivencia Escolar y Ciudadana : En caso de agresiones o acoso por parte de compañeros o profesores en Instituciones Educativas, conflictos de convivencia en propiedad horizontal, barrio y espacio público la Personería puede intervenir, para que se busquen soluciones.
7. Seguimiento al Control del Urbanismo: Orientación dentro de los trámites de expedición de licencias de construcción y control de construcciones sin licencia.
8. Víctimas: Orientación sobre el acceso a sus derechos, toma de declaración y organización de mesas de participación municipal.
9. Consultorio Jurídico y Elaboración de Derechos de Petición y de Tutelas: Todos los martes y jueves de 1:00 a 4:00 pm, judicantes de la Universidad Católica prestan el servicio gratuito de asesoría jurídica. Se asignan 24 turnos en cada jornada y se atienden en orden de llegada.